|
GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
DESCRIPCIÓN
Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa son funcionarios de carrera, y están vinculados a la Administración de Justicia en virtud de nombramiento legal, por una relación estatutaria de carácter permanente, para el desempeño de servicios retribuidos.
PORQUÉ OPOSITAR AL CUERPO DE GESTIÓN
- Estamos ante una oposición del grupo B de la Administración de Justicia, además de contar con los atractivos propios de una oposición para obtener la condición de funcionario como es la estabilidad laboral y salarial, entre otras, destacamos:
- Número elevado de plazas, hay en Andalucía más de 1.500 vacantes pendientes de ser cubiertas en futuros procedimientos de selección.
- Periodicidad, habiéndose realizado ya un proceso de oposición tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.Superar el primer ejercicio de la Oposición al Cuerpo de Gestión Procesal y administrativa, da derecho a solicitar la inclusión del opositor en la correspondiente Bolsa de Trabajo del Cuerpo de Gestión, con la posibilidad de ser llamado a trabajar también para puestos de Tramitación y Auxilio.
- Las retribuciones básicas de un funcionario de Gestión (Sueldo Base y Trienios) son de los mejores de toda la Administración. Y el conjunto de retribuciones es también de los mejores con posibilidad de incremento en función del puesto de trabajo obtenido (Guardias, complementos, planes especiales…)
- Posibilidad de promoción interna al Cuerpo de Secretarios Judiciales.Preferencia para ser nombrados Secretarios Judiciales Sustitutos.
FUNCIONES
- Corresponde al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, colaborar en la actividad procesal de nivel superior, así como la realización de tareas procesales propias.
- Con carácter general y bajo el principio de jerarquía y sin perjuicio de las funciones concretas del puesto de trabajo que desempeñen, le corresponden:
- Gestionar la tramitación de los procedimientos, de la que darán cuenta al Secretario Judicial, en particular, cuando determinados aspectos exijan una interpretación de Ley o de normas procesales, sin perjuicio de informar al órgano judicial cuando fueran requeridos para ello.
- Practicar y firmar las comparecencias que efectúen las partes en relación con los procedimientos que se sigan en el órgano judicial, respecto a los cuales tendrá capacidad de certificación.
- Documentar los embargos, lanzamientos y demás actos, cuya naturaleza lo requiera, con el carácter y representación que les atribuyan las leyes, salvo que el Secretario Judicial considere necesaria su intervención.
- Extender las notas que tengan por objeto unir al procedimiento datos o elementos que no constituyan prueba en el mismo, a fin de garantizar su debida constancia y posterior tramitación, dando cuenta de ello a tal efecto, a la autoridad superior.
- Elaborar notas, que podrán ser de referencia, de resumen de los autos y de examen del trámite a que se refieran.
- Realizar tareas de registro, recepción y distribución de escritos y documentos, relativos a asuntos que se estuvieran tramitando en Juzgados y Tribunales.
- Expedir, con conocimiento del Secretario Judicial, y a costa del interesado, copias simples de escritos y documentos que consten en autos no declarados secretos ni reservados.
- Ocupar, de acuerdo con lo establecido en las Relaciones de Puestos de Trabajo, las jefaturas en que se estructuran las Unidades de Apoyo directo y Servicios Comunes Procesales, en las que, sin perjuicio de las funciones asignadas al puesto concreto, gestionarán la distribución de las tareas del personal, respondiendo del desarrollo de las mismas.
- Colaborar con los órganos competentes en materia de gestión administrativa, desempeñando funciones relativas a la gestión del personal y medios materiales de la unidad de la Oficina Judicial en que prestan sus servicios, siempre que dichas funciones estén contempladas expresamente en la descripción que la R.P.T. efectúe del puesto de trabajo.
- Desempeñar las funciones correspondientes a la Secretaria de la Oficina Judicial de las Agrupaciones de Secretarias de Juzgados de Paz, de Juzgados de Paz de más de siete mil habitantes y de Juzgados de Paz de menos de siete mil habitantes en los que la carga de trabajo justifique su establecimiento, así como los restantes puestos de trabajo de los citados centros de destino adscritos al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, todo ello de conformidad con lo que se determine en las correspondientes relaciones de Puestos de Trabajo de las citadas unidades así lo establezcan, siempre que se reúnan los requisitos de conocimiento y preparación exigidos para su desempeño.
- Su posibilidad de nombramiento como Secretarios sustitutos, siempre que se reúnan los requisitos de titulación y demás exigidos, y conforme al procedimiento que reglamentariamente se establezca, percibiendo sus retribuciones conforme a lo dispuesto en el artículo 447.5 para Secretarios sustitutos no profesionales.
- La realización de todas aquellas funciones que legal o estatutariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que desempeñen, le sean encomendadas por sus superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales en el ejercicio de sus competencias.
PRINCIPIOS DE SELECCIÓN DEL CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
La Ley Orgánica 19/2003 que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial regula en su Libro VI los principios básicos que rigen la selección del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. El Reglamento General de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional del Personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real 1451/2005 de 7 de diciembre, desarrolla estos principios.
El Ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa se llevará a cabo para el Turno Libre mediante los sistemas de oposición, que es el sistema ordinario o excepcionalmente de concurso oposición, y para la Promoción Interna mediante el sistema de concurso oposición para el que se reservarán el cincuenta por ciento de las plazas ofertadas. En todos ellos se garantizarán los principios de igualdad, mérito y capacidad así como el de publicidad. Los procesos de selección incluirán siempre un curso teórico práctico o periodo de prácticas que tendrán carácter selectivo. Para ello los aspirantes que superen la oposición o concurso-oposición serán nombrados funcionarios en prácticas.
En la Orden JUS/2544/2006 de 28 de julio se establecen las bases comunes que rigen el acceso o ingreso a los Cuerpos de la Administración de Justicia. Se regulan en ella los requisitos de acceso, el modo de presentación de solicitudes, los plazos, los Tribunales y el desarrollo general de los procesos selectivos.
Las pruebas selectivas se convocan con periodicidad anual e incluyen las plazas que hayan sido autorizadas en la Oferta de Empleo que elabora el Ministerio de Administraciones Públicas y se publica en el Boletín Oficial del Estado en los primeros meses de cada año natural.
En todas las convocatorias se reservará un cupo no inferior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas con personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones.
El contenido del temario así como las pruebas a realizar son únicos en todo el territorio del estado, aunque las plazas ubicadas en el territorio de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos se ofertarán por el ámbito territorial de la comunidad autónoma de que se trate , y en caso de quedar vacantes no podrán acumularse a otro ámbito territorial diferente.
REQUISITOS
Para participar en las pruebas de acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa serán necesarios los siguientes requisitos:
- Nacionalidad: Ser español.
- Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
- Titulación: poseer la titulación de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
- Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
- Habilitación:
- No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.
Solo para el Turno de Promoción Interna será necesario llevar al menos dos años de servicios efectivos en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Estos requisitos, así como las normas generales para participar en las oposiciones se detallan en la "Orden JUS/2544/2006, de 28 de julio por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en los cuerpos y escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia".
PRUEBAS SELECTIVAS:
Turno libre
Los ejercicios obligatorios de la fase de oposición son:
- Primero. Test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de conocimientos de las materias del programa.
- Segundo. Desarrollar por escrito dos temas a elegir entre tres que serán posteriormente leídos por el aspirante ante el Tribunal.
- Tercero. Contestar por escrito a diez preguntas referidas a un caso práctico que planteará el Tribunal.
Los exámenes tienen lugar en las sedes que se indican en cada convocatoria.
Hay, además, pruebas optativas , no eliminatorias, para evaluar el conocimiento de la lengua oficial propia distinta del castellano o el derecho civil especial común o foral de las comunidades autónomas que lo tengan.
El temario que está actualmente en vigor se contiene en la Orden JUS/2543/2006 de 28 de julio ( B.O.E. de 3 de agosto) y consta de 68 temas.
En la fase de concurso se valoran los méritos que se indican en esta misma. Orden JUS/2543/2006 de 28 de julio ( B.O.E. de 3 de agosto).
Turno promoción interna:
Consta de una fase de oposición y otra de concurso.Los ejercicios obligatorios de la fase de oposición son :
- Primero. Test de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas de conocimientos de las materias del programa.
- Segundo. Redactar por escrito un tema a elegir entre tres y contestar a cinco preguntas referidas a un caso práctico.
- Sólo los opositores que superen la fase de oposición pasarán a la fase de concurso en que se valorarán los méritos.
- Los exámenes tienen lugar en las sedes que se indican en cada convocatoria.
- Hay, además, pruebas optativas, no eliminatorias, para evaluar el conocimiento de la lengua oficial propia distinta del castellano o el derecho civil especial común o foral de las comunidades autónomas que lo tengan.
- El temario que está actualmente en vigor se contiene en la Orden JUS/2543/2006 de 28 de julio ( B.O.E. de 3 de agosto) y consta de 36 temas.
- En la fase de concurso se valoran los méritos que se indican en esta misma. Orden JUS/2543/2006 de 28 de julio ( B.O.E. de 3 de agosto) .
PROGRAMA
El Programa que rige las oposiciones a ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa consta de 68 temas, divididos en tres grandes bloques que son los siguientes (Vid Orden JUS/2543/2006, de 28 de julio, B.O.E. de 3 de agosto):
- Derecho constitucional, derechos fundamentales y organización del estado. 5 Temas.· Organización y estructura del poder judicial 11 Temas.
- Procedimientos judiciales
- Procesos normas comunes a todos los procedimientos civiles. 8 Temas.
- Procedimientos civiles. 15 Temas
- Registro civil. 3 Temas
- Procedimiento penal. 14 Temas
- Procedimiento contencioso-administrativo y laboral 11 Temas
- Normativa sobre derecho mercantil. Tema 68.
- El material se irá entregando a los alumnos por temas. Se les falicitará el tema con una semana de adelanto para que puedan estudiarlo en casa y preguntar las dudas en la próxima clase. Se ha optado por esta dínámica al objeto de ofrecerlesel temario TOTALMENTE ACTUALIZADO.
DINÁMICA DE LAS CLASES
PRIMERA VUELTA DEL TEMARIO
- En principio el ritmo será de un tema por clase y conforme se vaya cogiendo un ritmo más fluido de estudio serán dos o incluso tres temas por clase.La duración aproximada para la primera vuelta es de seis meses.
- El desarrollo de estas clases será el siguiente:
- Explicación del tema y resolución de dudas de la misma asícomo de las dudas que se les hayan planteado a losalumnos al estudiar el tema en casa.
- Realización de un test (similar al primer ejercicio delexámen). Corrección del mismo y resolución de dudas.
- Entrega y presentación del siguiente tema sobre el que sebasará la próxima clase.
SEGUNDA VUELTA DEL TEMARIO
- En esta segunda vuelta se tratarán los temas agrupados por bloques.
- Se combinarán los test de la primera vuelta con exposición de los temas (similar al segundo ejercicio del exámen).
TERCERA VUELTA DEL TEMARIO
- Se combinará todo lo anterior con la realización de supuestos prácticos (similares al tercer ejercicio del exámen).
- Para la explicación de éstos supuestos intervendrán profesionales expertos en la materia que se trate.
PRECIO:
120 euros mensuales (incluido material) |